Actualizado julio 2026

¿Qué pasa con las deudas del fallecido?

La respuesta corta

Los herederos responden por las deudas del fallecido solo hasta el valor de los bienes que reciben ("responsabilidad intra vires hereditatis", art. 2317 CCyC). No responden con su patrimonio personal, salvo casos excepcionales de ocultamiento. Si las deudas superan el activo, la herencia es "insolvente" y conviene renunciar.

Responsabilidad limitada

La regla del Código Civil y Comercial es que los herederos aceptan la herencia con beneficio de inventario, automáticamente. Solo responden por las deudas hasta el valor de los bienes recibidos (art. 2317).

Su patrimonio personal (casa propia, salario, ahorros) queda a salvo.

Cuándo hay riesgo

  • Si el heredero oculta bienes o disimula la existencia de deudas, pierde el beneficio de inventario (art. 2321) y pasa a responder con su propio patrimonio.
  • Si dispone de bienes de la sucesión sin autorización, puede quedar personalmente obligado.

Deudas que se transmiten

  • Créditos bancarios, hipotecas, prendas, saldos de tarjeta.
  • Impuestos y expensas devengados en vida.
  • Alquileres y contratos vigentes.
  • Fianzas y garantías firmadas por el fallecido.

Deudas que se extinguen

  • Multas personalísimas y sanciones penales.
  • Obligaciones de hacer intuitu personae (contratos personalísimos).
  • Pensiones alimentarias (cesan con el fallecimiento, salvo las devengadas).

Cómo protegerse

Antes de aceptar, se puede pedir un inventario de bienes y deudas. Si el pasivo supera al activo, corresponde renunciar (arts. 2298 y ss. CCyC). Si ya se aceptó, mantener el patrimonio del fallecido separado del propio hasta terminar el trámite.

Deudas: qué se transmite y cómo se paga

Tipo de deuda¿Se transmite?Límite de responsabilidad
Crédito bancarioHasta el valor de los bienes
HipotecaSí, con el inmuebleSobre el inmueble hipotecado
Tarjeta de créditoHasta el valor de los bienes
ImpuestosHasta el valor de los bienes
MultasNoSe extinguen
Alimentos (devengados)Hasta el valor de los bienes

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Preguntas frecuentes

+¿Puedo heredar solo los bienes y no las deudas?

Sí: la ley limita la responsabilidad al valor de los bienes. No hace falta "aceptar con beneficio de inventario" expresamente, es automático.

+¿Los bancos pueden ir contra mi salario?

No, salvo que hayas perdido el beneficio de inventario por ocultamiento. Tu patrimonio personal está protegido.

+¿Y las deudas del fallecido con la AFIP?

Se transmiten como cualquier deuda, con el mismo límite. Pueden regularizarse en planes de pago vigentes.

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