Actualizado julio 2026

¿Se puede vender una casa sin hacer la sucesión?

La respuesta corta

No se puede vender sin ningún trámite, pero sí sin inscribir antes el inmueble a nombre de los herederos: se llama venta por tracto abreviado (art. 16, Ley 17.801). Requiere declaratoria de herederos firme, acuerdo de todos los herederos y una escritura donde el juez o notario relaciona la sucesión.

Qué es el tracto abreviado

La regla general (tracto sucesivo) exige que cada transmisión se inscriba antes de la siguiente. La ley registral prevé una excepción: cuando hay una sucesión de por medio, se puede saltear la inscripción intermedia a nombre de los herederos y pasar directo al comprador.

El fundamento está en el art. 16 de la Ley 17.801 (registro inmobiliario).

Requisitos

  • Declaratoria de herederos firme e inscripta o al menos individualizada en el expediente.
  • Acuerdo unánime de todos los herederos declarados.
  • Tasa de justicia y honorarios sucesorios pagados o afianzados.
  • Certificados registrales al día (dominio, inhibiciones).
  • Autorización del juez de la sucesión para vender, cuando corresponda.

Ventajas

  • Se ahorra la inscripción intermedia y sus costos.
  • Se acorta el tiempo total: se puede vender en cuanto hay declaratoria firme.
  • El comprador recibe directamente su título.

Cuándo no conviene

Si algún heredero se opone o no aparece, no hay tracto abreviado posible: hay que resolver antes la partición o la venta judicial. También queda descartado si el inmueble tiene deudas o embargos que exigen inscripción previa.

Tracto abreviado vs. inscripción previa

AspectoTracto abreviadoInscripción previa
Pasos1 (venta directa)2 (inscripción + venta)
Tiempo extra01–3 meses
Costos extraBajosTasa de inscripción intermedia
Requiere acuerdo totalNo estrictamente

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Preguntas frecuentes

+¿Se puede vender antes de la declaratoria?

No como venta definitiva. Solo se puede firmar un boleto sujeto a la declaratoria; el comprador asume el riesgo.

+¿Si un heredero no quiere vender?

No se puede vender por tracto abreviado. Se puede pedir la partición judicial y, si corresponde, la venta en subasta.

+¿El tracto abreviado paga impuestos?

Sí, los mismos que una venta común: impuesto a la transferencia o ITI, sellos provinciales y honorarios notariales.

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