Actualizado julio 2026

La casa no tiene escritura: qué hacer antes de la sucesión

La respuesta corta

Si la casa no tiene escritura, primero hay que regularizarla y después hacer la sucesión. La Ley 24.374 ("Ley Pierri") permite escriturar viviendas ocupadas antes del 1/1/2009 con un trámite gratuito o de bajo costo en la escribanía general de la provincia.

Por qué no alcanza con la sucesión

La sucesión transmite lo que el fallecido tenía a su nombre. Si nunca se escrituró, no hay título de propiedad para transmitir: primero hay que constituirlo.

Firmar un boleto o pagar el inmueble no es lo mismo que ser dueño. La ley argentina exige escritura pública e inscripción registral (arts. 1017 y 1892 CCyC).

Ley 24.374 (Ley Pierri)

Permite regularizar viviendas únicas ocupadas de manera pública, pacífica y continua desde antes del 1/1/2009. Trámite administrativo por la Escribanía General de Gobierno de la provincia, gratuito o de bajo costo.

Requisitos habituales: vivienda única, familiar, permanente; boleto o cadena posesoria; certificado de dominio; libre deuda municipal.

Otros caminos

  • Escrituración por vía notarial común, si aparece el vendedor original o sus herederos.
  • Prescripción adquisitiva (usucapión): juicio, 20 años de posesión (art. 1899 CCyC).
  • Regularización dominial de barrios populares (Ley 27.453) para inmuebles del RENABAP.
  • Ley provincial de tierras: cada provincia tiene programas específicos.

Y si el fallecido ya inició un trámite

Si el causante había iniciado el trámite de la Ley 24.374 y no lo terminó, los herederos pueden continuarlo. Es el camino más rápido: mantener el expediente vivo.

Regularización: opciones según situación

SituaciónVíaCosto aprox.
Vivienda única ocupada pre-2009Ley 24.374Gratuita o baja
Boleto de compraventa antiguoEscrituración notarialMedia
Posesión > 20 años sin títuloUsucapión (juicio)Alta
Barrio popular (RENABAP)Ley 27.453Gratuita

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Preguntas frecuentes

+¿Se puede vender una casa sin escritura?

Solo por boleto de compraventa, pero el comprador queda expuesto: no es dueño hasta escriturar. No sirve para heredar formalmente.

+¿Cuánto tarda la Ley 24.374?

Entre 6 meses y 2 años, según la provincia y la carga administrativa.

+¿Los herederos pueden continuar el trámite?

Sí. Los herederos suceden al causante en el expediente de regularización, acreditando la declaratoria de herederos.

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